ESTRUCTURA
Y ENSEÑANZAS MÍNIMAS DEL
BACHILLERATO
LOE
En el
Boletín
Oficial del Estado del pasado 6 de noviembre, se publicó el
Real
Decreto
1467/2007, de 2 de noviembre, por el que se establece la estructura del
Bachillerato y se fijan sus enseñanzas mínimas
(corrección de errores publicada
en el BOE del 7 de noviembre
1.
IMPLANTACIÓN DEL NUEVO BACHILLERATO Y PAU.
El nuevo
Bachillerato será el siguiente:
a) Curso
2008/09: implantación de 1º de Bachillerato LOE, en
sustitución de 1º
de
Bachillerato LOGSE.
b) Curso
2009/10: implantación de 2º de Bachillerato LOE, en
sustitución de 2º
de
Bachillerato LOGSE.
c) PAU: antes
del comienzo del curso 2008/09, el Gobierno establecerá las
características
básicas de
LOE
(Disposición Transitoria 11ª de esta ley).
2. INTEGRACIÓN DEL
CURRÍCULO.
Siguiendo el esquema de
leyes orgánicas anteriores, el artículo 6 de
señala que el
Gobierno
fijará los aspectos básicos del
currículo que constituyen las enseñanzas
mínimas, que requerirán el 55 % de los horarios
escolares en las Comunidades
Autónomas que tengan, junto con la castellana, otra lengua
cooficial y el 65 %
en el caso de aquellas que no la tengan.
3. ESTRUCTURA DEL NUEVO
BACHILLERATO.
a) Artes.
b) Ciencias y
Tecnología.
c) Humanidades y Ciencias
Sociales.
Se mantiene, asimismo, el
esquema de materias comunes, de modalidad y optativas. Sin embargo, se
introduce como importante novedad que la modalidad de Artes se
organizará en dos vías:
a) Artes plásticas,
diseño
e imagen.
b) Artes escénicas,
música
y danza.
La estructura de las otras
dos modalidades (Ciencias y Tecnología y Humanidades y
Ciencias Sociales) será
única, aunque dentro de ella se podrán organizar
bloques de materias, fijando
en el conjunto de los dos cursos un máximo de tres materias
de entre aquellas
que configuran la modalidad respectiva.
Asimismo, es posible que
un alumno pueda cambiar de modalidad en el paso
de 1º a 2º,
pero
corresponde a las Administraciones educativas el establecimiento de
condiciones
en las que pueda llevarse a cabo.
3.1. MATERIAS COMUNES.
El Real Decreto reproduce las
materias comunes
señaladas en el artículo 34.6
de
Ciencias
para el mundo contemporáneo.
Educación
física.
Filosofía
y ciudadanía.
Historia
de la filosofía. (*)
Historia
de España. (*)
Lengua
castellana y literatura (*) y, si la
hubiere, lengua cooficial y literatura.
Lengua
extranjera. (*)
3.2. MATERIAS DE
MODALIDAD.
El artículo 5 del
Real
Decreto señala que los alumnos podrán elegir
entre la totalidad de las materias
de modalidad que cursen, debiendo ofertar los Centros el conjunto
global de
materias y vías. No obstante, es principio general presenta
excepciones cuando
exista un número insuficiente de alumnos que elijan una
vía o materias
determinadas, según los criterios objetivos que establezcan
previamente las
Administraciones educativas. En estos casos, las Administraciones
facilitarán
que el alumno pueda cursar alguna materia mediante la modalidad de
educación a
distancia o en otros Centros escolares.
Asimismo, respecto a estas
materias de modalidad, se añade lo
siguiente:
a) Los alumnos deben
cursar un mínimo de 6 materias, entre
1º y 2º.
b) Los alumnos pueden
cursar materias de otra modalidad.
c) Al menos, cursarán
5 materias de la modalidad que estén
siguiendo.
d) Las
Administraciones educativas distribuirán las materias entre
los dos cursos, en
función de aquellas que requieran o no conocimientos previos
de otras.
e) Sólo
podrán cursarse
las materias de 2º que requieran conocimientos previos, si se
han superado las
correspondientes de 1º o se acreditan los mismos.
|
ARTES |
CIENCIAS Y TECNOLOGÍA |
HUMANIDADES Y CIENCIAS SOCIALES |
|
a) Artes
plásticas, imagen y
diseño: Cultura
audiovisual. Dibujo
artístico I y II. Dibujo
técnico I y II. Diseño. Historia del
arte. Técnicas
de expresión gráfico-plástica. Volumen. |
Biología. Biología
y Geología. Ciencias de medioambientales. Dibujo
Técnico I y II. Electrotecnia. Física. Física
y Química. Matemáticas
I y II. Química. Tecnología
Industrial I y II. |
Economía. Economía
de la empresa. Geografía. Griego I y II. Historia del
arte. Historia del
mundo contemporáneo. Latín
I y II. Literatura
universal. Matemáticas
aplicadas a las ciencias
sociales I y II. |
|
b) Artes
escénicas, música
y danza: Análisis
musical I y II. Anatomía
aplicada. Artes
escénicas. Cultura
audiovisual. Historia de la
música y de la danza. Literatura
universal. Lenguaje y
práctica musical. |
|
|
3.3 MATERIAS OPTATIVAS.
La regulación de
estas materias corresponde a las
Administraciones educativas y los Centros concretarán la
oferta en su Proyecto
educativo, debiendo incluir, en todo caso las siguientes:
a) Segunda lengua
extranjera.
b) Tecnologías de la
información y la comunicación.